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  • Genial Galleros..pero el tubito de jordan aun era mas blando y fino que ese...que ya es decir, como la mitad del diametro de ese estimo.

    Es que es de traca *****.....se presta a bromas de todo tipo, que ridiculo han hecho por Dios.

    Son patéticos en todo...desde la mayoria de su aficion y sus violentos ultras, sus jugadores, monchito, entrenador, directivos, su prensa a sueldo,,etc...penosos y repugnantes a mas no poder
    Editado por última vez por Viejo Patronato; https://www.betisweb.com/forohttps://www.betisweb.com/foro/member/101782-viejo-patronato en 29/01/22, 18:08:04.

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    • https://diario16.com/encontrado-perg...el-sevilla-fc/

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      • La foto del Betis recibiendo la copa, con Rubiales presente, es la mejor respuesta que se puede dar a todo esto. Hágase.

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        • Jsjajajajs, muy bueno.

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          • Originalmente publicado por Galleros54 Ver Mensaje
            Los palanganas se ríen sobre el informe pericial, el de muchacaca, que es el informe Cantiflas pero que no se les olvide.

            Los argumentos de la defensa del Betis se sostienen en este informe pericial a una empresa que se encargó de desvirtuar las acusaciones contra Juan Cala por parte de Diakhaby la pasada temporada sobre presuntos insultos racistas.

            Le salvó el culo a un sevillista como Juan Cala, pero a la "prensa" y palanganas no les interesa.
            Reir nos reimos bastante cuando pitó De Burgos el final.

            Lo que les pasa es que la tienen dentro aún jejee.
            Editado por última vez por Balompédico; https://www.betisweb.com/forohttps://www.betisweb.com/foro/member/20665-balomp%C3%A9dico en 30/01/22, 06:48:52.

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            • ¿Cuántos julios tiene un balón de entre 410-450 gramos cayendo en parábola desde una altura considerable?

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              • Originalmente publicado por Caudetreba Ver Mensaje
                Acordaros del Juez Baltasar Garzón, que lo empapelaron por investigar unas llamadas telefónicas, mas concretamente por autorizar cuanto se hablaba en ellas.
                No, lo empapelaron por vulnerar la confidencialidad abogado-cliente.

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                • Originalmente publicado por 92_Eterno Ver Mensaje
                  ¿Cuántos julios tiene un balón de entre 410-450 gramos cayendo en parábola desde una altura considerable?
                  La energía cinética es una de las variables de tipo de energía y, se denomina a la que posee un cuerpo a causa de su movimiento, valorado en Julios, cuya formula "No lo digo yo, lo dice la ciencia, física" es igual a: masa (peso del objeto) X la velocidad al cuadrado partido por dos. Para resolver esta ecuación, antes has de saber la velocidad del impacto en base a la altura X por la gravedad (9,81 m/segundo) X el peso o masa (A esta ecuación, para hacerla mas fácil, le eliminas la resistencia del aire que va en función de la densidad, volumen del objeto). Anda.....entretente y nos cuenta que te sale, que hoy es Domingo. Creo que no se me ha olvidao na y lo he explicao correctamente, que tiene su mérito sin ser Físico. jajajajaja

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                  • Originalmente publicado por cbx Ver Mensaje

                    No, lo empapelaron por vulnerar la confidencialidad abogado-cliente.
                    El Comité de Derechos Humanos de la ONU considera que existen “dudas” objetivamente justificadas de que el exjuez Baltasar Garzón tuviera “acceso a un tribunal independiente e imparcial” en los procesos seguidos contra él por prevaricación en el Supremo, por los casos Franquismo y Gürtel, el último de los cuales acabó por apartarle de la carrera judicial en febrero de 2012. En un dictamen, el órgano considera que el Supremo vulneró el artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tratado internacional ratificado por España en 1977, y no respetó el derecho de Garzón a un proceso “con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial”.

                    En su resolución, el Comité determina que España “tiene la obligación” de, entre otras medidas, “borrar los antecedentes penales” del exjuez y ahora abogado, y de proporcionarle “una compensación adecuada por el daño sufrido”. De cumplir el Estado con esta exigencia del ente de Naciones Unidas se allanaría la vuelta de Garzón a la judicatura.

                    Fin por mi parte sobre este tema.

                    Comentario


                    • Originalmente publicado por Caudetreba Ver Mensaje

                      La energía cinética es una de las variables de tipo de energía y, se denomina a la que posee un cuerpo a causa de su movimiento, valorado en Julios, cuya formula "No lo digo yo, lo dice la ciencia, física" es igual a: masa (peso del objeto) X la velocidad al cuadrado partido por dos. Para resolver esta ecuación, antes has de saber la velocidad del impacto en base a la altura X por la gravedad (9,81 m/segundo) X el peso o masa (A esta ecuación, para hacerla mas fácil, le eliminas la resistencia del aire que va en función de la densidad, volumen del objeto). Anda.....entretente y nos cuenta que te sale, que hoy es Domingo. Creo que no se me ha olvidao na y lo he explicao correctamente, que tiene su mérito sin ser Físico. jajajajaja
                      Si, solo se que como la energía ni se crea ni se destruye, sino que se transforma, habría que calcular la energía cinética a partir de la energía potencial que tendría el objeto. Siendo la energía potencial igual a la masa multiplicado por la gravedad y por la altura.
                      Pero me da pereza.

                      Comentario


                      • Originalmente publicado por 92_Eterno Ver Mensaje

                        Si, solo se que como la energía ni se crea ni se destruye, sino que se transforma, habría que calcular la energía cinética a partir de la energía potencial que tendría el objeto. Siendo la energía potencial igual a la masa multiplicado por la gravedad y por la altura.
                        Pero me da pereza.

                        Comentario


                        • Originalmente publicado por Caudetreba Ver Mensaje

                          La energía cinética es una de las variables de tipo de energía y, se denomina a la que posee un cuerpo a causa de su movimiento, valorado en Julios, cuya formula "No lo digo yo, lo dice la ciencia, física" es igual a: masa (peso del objeto) X la velocidad al cuadrado partido por dos. Para resolver esta ecuación, antes has de saber la velocidad del impacto en base a la altura X por la gravedad (9,81 m/segundo) X el peso o masa (A esta ecuación, para hacerla mas fácil, le eliminas la resistencia del aire que va en función de la densidad, volumen del objeto). Anda.....entretente y nos cuenta que te sale, que hoy es Domingo. Creo que no se me ha olvidao na y lo he explicao correctamente, que tiene su mérito sin ser Físico. jajajajaja
                          Venga va. Suponiendo que el balón cae verticalmente sobre la cabeza del jugador y que la distancia de la cabeza al balón sea solo de 3 metros.
                          Por la ley de conservación de la energía, la energía cinética+energía potencial del balón arriba, es igual a energía cinética+energía potencial sobre la cabeza del jugador (donde la altura sería 0 al situar ahí el sistema de referencia). Por tanto, si el balón parte del reposo, la Ep arriba = Ec abajo. Sustituyendo:

                          Ec abajo = 0'41Kg*9'8m/s²*3m = 12 Julios más o menos.

                          PD: la clase de física ha sido gratis para todos los foreros en edad de estudiar estas cosas (las consultas por privado).
                          PD 2: la energía potencial aplica a cualquier campo de fuerza. En este caso es la gravedad, pero funciona igual con la electricidad o el magnetismo.
                          PD3: Yo tampoco soy físico, ni ingeniero.
                          Editado por última vez por 92_Eterno; https://www.betisweb.com/forohttps://www.betisweb.com/foro/member/11399-92_eterno en 30/01/22, 13:05:40.

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                          • Originalmente publicado por 92_Eterno Ver Mensaje

                            Venga va. Suponiendo que el balón cae verticalmente sobre la cabeza del jugador y que la distancia de la cabeza al balón sea solo de 3 metros.
                            Por la ley de conservación de la energía, la energía cinética+energía potencial del balón arriba, es igual a energía cinética+energía potencial sobre la cabeza del jugador (donde la altura sería 0 al situar ahí el sistema de referencia). Por tanto, si el balón parte del reposo, la Ep arriba = Ec abajo. Sustituyendo:

                            Ec abajo = 0'41Kg*9'8m/s²*3m = 12 Julios más o menos.

                            PD: la clase de física ha sido gratis para todos los foreros en edad de estudiar estas cosas (las consultas por privado).
                            PD 2: la energía potencial aplica a cualquier campo de fuerza. En este caso es la gravedad, pero funciona igual con la electricidad o el magnetismo.
                            PD3: Yo tampoco soy físico, ni ingeniero.

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                            • Ya lo han comentado, pero las operadoras no tienen acceso a las conversaciones, ya que estas van encriptadas. Una operadora te puede decir que el día tal a la hora tal se hizo una llamada de un número a otro y que esta llamada duro x minutos. También te podría dar de forma aproximada la localización de esos teléfonos. Cómo ha dicho Caudetreba un trabajador de una empresa de telefonía que desvele esa información sin orden judicial estaría cometiendo un delito. Además, si el sistema está bien implementado, se puede medio saber quién es el filtrador. Tened en cuenta que la cuenta de telefonía móvil de un club es relativamente pequeña y que pocos trabajadores entrarán en ella en el día a día

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                              • Originalmente publicado por Caudetreba Ver Mensaje

                                El Comité de Derechos Humanos de la ONU considera que existen “dudas” objetivamente justificadas de que el exjuez Baltasar Garzón tuviera “acceso a un tribunal independiente e imparcial” en los procesos seguidos contra él por prevaricación en el Supremo, por los casos Franquismo y Gürtel, el último de los cuales acabó por apartarle de la carrera judicial en febrero de 2012. En un dictamen, el órgano considera que el Supremo vulneró el artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tratado internacional ratificado por España en 1977, y no respetó el derecho de Garzón a un proceso “con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial”.

                                En su resolución, el Comité determina que España “tiene la obligación” de, entre otras medidas, “borrar los antecedentes penales” del exjuez y ahora abogado, y de proporcionarle “una compensación adecuada por el daño sufrido”. De cumplir el Estado con esta exigencia del ente de Naciones Unidas se allanaría la vuelta de Garzón a la judicatura.

                                Fin por mi parte sobre este tema.

                                Comentario

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